La Generalitat de Catalunya (Subdirección General de Trabajo Autónomo y de Autorizaciones de Trabajo) acaba de publicar la nota informativa 3/2023 Sobre la reducción de requerimientos en la tramitación de procedimientos de autorización de trabajo o de residencia y trabajo, tanto iniciales como modificaciones, que transcribimos a continuación y pueden descargar tanto en castellano como en catalán:
Con respecto a las solicitudes presentadas electrónicamente (por ejemplo, vía petición genérica), les recordamos que, si no se presenta toda la documentación necesaria para instruir el expediente, dicha circunstancia retrasa su tramitación, ya que es preciso requerir la subsanación de las carencias documentales. En este sentido, recomendamos una lectura atenta de la guía de tramitación del procedimiento que se pretenda iniciar. También recordamos que la documentación expedida por autoridades extranjeras debe constar convenientemente legalizada o, en su caso, validada con la pertinente apostilla de La Haya, y complementada con la correspondiente traducción jurada siempre que sea necesario.
Por otra parte, les recordamos que, si quieren pedir información sobre el estado de tramitación de un expediente, conviene no utilizar la vía de la petición genérica, ya que es un canal previsto para la presentación electrónica de solicitudes, escritos, alegaciones y documentos. Las consultas sobre el estado de tramitación de un expediente se pueden formular mediante el buzón de contacto y consultas.
Finalmente, cabe tener en cuenta que las modificaciones solicitadas en periodo de renovación prorrogan la vigencia de la autorización que se pretende modificar hasta que se haya resuelto la solicitud de modificación. En los procedimientos con intervención de la Generalitat de Catalunya, dicho periodo es el comprendido entre los sesenta días naturales previos y los noventa días naturales posteriores a la caducidad de la autorización que se pretende modificar. Si la solicitud de modificación aún no consta grabada en la aplicación, se puede demostrar que la mencionada solicitud se ha presentado en plazo mediante la tarjeta de identidad de extranjero (TIE), la cual indica la fecha de caducidad de la autorización precedente, junto con el justificante del registro de presentación de la solicitud.
Información obtenida a través de la Generalitat de Catalunya (Departament d’Empresa i Treball).