NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR ORIGEN SEFARDÍ

En el 2015 se aprobó en el Congreso de los Diputados un Proyecto de Ley que permite conceder la nacionalidad española a los sefardíes descendientes de los judíos expulsados de España en el siglo XV.

Este proceso ha sido ampliamente utilizado por ciudadanos de países como Colombia, Venezuela, México y el resto de Iberoamérica ya que, una vez demostrado que cumplen con los requisitos, pueden optar por la nacionalidad española y disfrutar de todos los beneficios de ser ciudadanos de la Unión Europea, y sin necesidad de renunciar a su nacionalidad anterior.

La nacionalidad sefardí es la posibilidad de obtener la ciudadanía española a causa de la expulsión firmada el 31 de marzo de 1492 en Granada que realizaron los reyes católicos, a los judíos -y sus descendientes- que vivieron en la Corona de Catilla y la Corona de Aragón.

Posterior a ello, la mayoría de los judíos decidió dirigirse a los reinos cercanos de Portugal y Navarra, donde enfrentaron una vez más, nuevas expulsiones en 1497 y en 1498, respectivamente. Desde Portugal, un gran porcentaje se dirigió al Norte de Europa, evitando la masacre de Lisboa en 1506 o las deportaciones masivas a Santo Tomé y Príncipe (en el golfo de Guinea) reservadas para los judíos que omitieron las órdenes de la Corona portuguesa.

Debido a estos actos de expulsión y exterminio, Portugal también decidió ofrecer la posibilidad a los descendientes de la comunidad judía de obtener la nacionalidad portuguesa como un acto de reconciliación entre los judíos sefarditas y el país que los expulsó de sus tierras hace más de 500 años, reconstruyendo sus lazos con la cultura ibérica.

La Ley entró en vigor el 1 de octubre de 2015 por un período de 3 años, y fue prorrogada por un año más, hasta el 1 de octubre de 2019. Por lo tanto, los ciudadanos iberoamericanos que reunieron las condiciones, consiguieron hacer sus solicitudes a tiempo, iniciando el procedimiento correspondiente.

En la actualidad, el Ministerio de Justicia ha brindado un plazo especial de subsanación de solicitudes en el proceso de concesión de la nacionalidad española por origen sefardí, destinado a las nacionalidades presentadas antes del 1 de octubre de 2019. Dicho plazo culmina el 1 de septiembre de 2021 y les permite a los ciudadanos y ciudadanas presentar sus respectivos certificados CCSE (prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España) y DELE (título oficial y acreditativo del grado de competencia y dominio del español).

Por lo tanto, en estos momentos en España no es posible presentar nuevas solicitudes de nacionalidad española por origen sefardí, pero de brindarse nuevamente la posibilidad lo estaremos informando en nuestro portal web.

Sin embargo, aún se mantiene abierto el plazo de presentación de solicitudes en Portugal.

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NACIONALIDAD PORTUGUESA POR ORIGEN SEFARDÍ

La solicitud de la nacionalidad portuguesa por origen sefardí es un proceso mucho más sencillo para el solicitante ya que no le exige que hable o conozca el idioma portugués, ni requiere que presente los exámenes de conocimiento y dominio del idioma o la cultura.

Además, no requiere que la persona solicitante viaje o se encuentre en territorio portugués al momento de firmar el acta de notoriedad, ya que puede ser designado un apoderado para efectuar todo el proceso. De igual forma, la ley que permite acceder a la nacionalidad portuguesa por origen sefardí no tiene una fecha límite para recibir las solicitudes -a diferencia de la española.

Asimismo, La nacionalidad portuguesa otorga al titular los mismos derechos que cualquier ciudadano de la Unión Europea, por lo tanto, usted podrá disfrutar de un pasaporte que le abrirá las puertas a más de 180 países.

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  • Libre circulación dentro de la Unión Europea;
  • Poder estudiar o trabajar en cualquiera de los 28 países de la Unión Europea sin tramitar previamente un permiso especial;
  • Acceso a derechos europeos, como las prestaciones sociales y la posibilidad de obtener una participación activa en la política;
  • Podrás mantener los derechos de tu país de origen o residencia ya que no tendrás que renunciar a tu anterior nacionalidad;
  • Tendrás entrada sin visado previo a más de 180 países

Sí, se puede solicitar la nacionalidad española para él o la cónyuge, y para los hijos menores de edad.

Ahora bien, en el caso de solicitar la nacionalidad portuguesa por origen sefardí, la ley no concede la ciudadanía a los hijos menores de edad que hayan nacido antes que el padre y/o la madre sefardí obtuviera la nacionalidad portuguesa. Pese a ello, el o la cónyuge del o la sefardí portugués/a puede aplicar a la ciudadanía portuguesa sin necesidad de residir en Portugal.

Debe tener presente que en nuestro portal ofrecemos información clave y puntual sobre diversos trámites o procesos. No obstante, para evaluar sus posibilidades resulta indispensable recibir un análisis y asesoramiento integral basado en sus circunstancias personales.

DQ Abogados realiza un enfoque personalizado para cada cliente, el cual se ajusta cuidadosamente a sus condiciones, lo que proporciona seguridad en todo el proceso, y hace que las aplicaciones de nuestros clientes sean exitosas.